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Seguro de cancelación para tu viaje a Egipto

RESUMEN DE GARANTIAS DE LA POLIZA Nº 0102803462001
CONTRATADA POR VIAJES POR EL MUNDO

1. La garantía relativa a los gastos por anulación del viaje es la relacionada en este artículo, y tiene vigencia desde que la Compañía reciba la comunicación de inclusión del Asegurado por parte del Tomador del seguro, y finalizará en el momento del inicio del viaje (embarque en el medio de transporte colectivo utilizado en el viaje). La garantía no tendrá validez si no se contrata en el mismo momento que el viaje objeto del seguro.

2. La Compañía se hará cargo del reembolso de los gastos de anulación del viaje que se produzcan a cargo del Asegurado y le sean facturados por aplicación de las condiciones generales de venta de su proveedor, siempre que anule el viaje antes del inicio del mismo y por una de las causas siguientes:

a) Enfermedad o accidente corporal grave, o fallecimiento:

– Del Asegurado, o sus cónyuges, hijos, padres, abuelos, hermanos, suegros, yernos, nueras y cuñados.
– De la persona encargada durante el viaje de la custodia, en la residencia habitual, de los hijos menores de edad o disminuidos.
– Del sustituto profesional del Asegurado, siempre y cuando sea imprescindible que el cargo o responsabilidad deba entonces asumirlo el Asegurado.

b) Convocatorias, como parte, testigo o jurado de un Tribunal, salvo que conociese de la misma previamente a la contratación del viaje. Se presentará copia original de la convocatoria judicial o administrativa.

c) Daños graves ocasionados por incendio, explosión, robo o por la fuerza de la Naturaleza, en su residencia habitual o secundaria o en sus locales profesionales propios o alquilados que los hiciera inhabitables o con grave riesgo de que se produzcan mayores daños que justifiquen de forma imprescindible su presencia.

d) Despido profesional del Asegurado, no disciplinario. En cualquier caso, este contrato deberá haber sido suscrito antes de la comunicación por parte de la empresa al trabajador.

e) Anulación de la persona que ha de acompañar al Asegurado en el viaje, inscrita al mismo tiempo que el Asegurado, y asegurada por éste mismo contrato, siempre que la anulación tenga su origen en una de las causas enumeradas anteriormente. Si el Asegurado decidiera viajar en solitario, quedarán cubiertos los gastos adicionales en concepto de Suplemento Individual.

f) Incorporación a un nuevo puesto de trabajo en empresa distinta, con contrato laboral y siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la adhesión al seguro, y de la que no tuviese conocimiento en la fecha en que se realizó la adhesión.

g) Convocatoria para presentación a exámenes de Oposiciones Oficiales, recibidas con posterioridad a la adhesión al seguro.

h) Actos de piratería aérea, terrestre o naval, que imposibiliten al asegurado el inicio del viaje objeto del seguro.

i) Robo de documentación o equipaje que imposibilite al asegurado inicial su viaje, siempre y cuando se produzca en su domicilio, hasta 48 horas antes del inicio del viaje.

j) Conocimiento con posterioridad a la contratación de la estancia de la obligación tributaria de realizar una declaración paralela del IRPF, cuya cuota a liquidar supere las 100.000 ptas. (601,01 €).

k) La entrega en adopción de un niño.

l) La no concesión de visados por causas injustificadas.

m) Traslado forzoso del trabajo por un periodo superior a tres meses.

n) La llamada inesperada para intervención quirúrgica.

o) Cuarentena médica.

p) La declaración de zona catastrófica en el lugar de residencia del asegurado o lugar de destino del viaje.

q) La obtención de una estancia similar a la contratada en un sorteo público ante notario.

r) Retención policial del asegurado por causas no delictivas.

s) Enfermedades psíquicas o mentales que requieran más de siete días de hospitalización o internamiento.

3. Como Enfermedad Grave, además de lo expresado en II DEFINICIONES, se entenderá la alteración de la salud constatada por un profesional médico y que en opinión del equipo médico de la Compañía obligue a permanecer en cama al enfermo y le implique el cese de cualquier actividad profesional o privada.

Será obligación del Asegurado notificar, a su proveedor de viajes o a la Compañía, la anulación del viaje en cuanto tenga conocimiento del evento que la provoque, quedando la Compañía relevada de indemnizar los gastos o penalizaciones que se devenguen a partir del momento de dicho conocimiento si se incumple esta obligación.

Para reclamar la indemnización por esta garantía, el Asegurado deberá presentar los siguientes documentos:

1. Copia del documento justificativo de la ocurrencia del siniestro (informe médico o certificado de defunción, informe de bomberos, denuncia a la Policía, informe de compañía de seguros, etc.,…). Este documento deberá reflejar necesariamente la fecha de ocurrencia (hospitalización, defunción, siniestro), el diagnóstico o tipo de daño, el historial clínico o antecedentes, y el tratamiento prescrito.

2. Factura original y/o recibos de pago del viaje a la agencia, y copia del bono de viaje expedido por la agencia.

3. Copia o fotocopia de la factura de gastos de anulación del mayorista de viajes a la agencia minorista, y copia de las condiciones generales de venta del mayorista.

4. Documento original de anulación expedido por la agencia de viajes, así como la factura de gastos de anulación o nota de abono de la misma.

Exclusiones específicas de esta garantía:

Además de las Exclusiones Generales a todas las garantías de esta póliza, descritas en el artículo 21 de estas Condiciones Generales, no se garantizan las anulaciones de viaje que tengan su origen en:

a) Un tratamiento estético, una cura, una contraindicación de viaje o de vacunación, la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento médico preventivo aconsejado.

b) Epidemias.

c) La no presentación por cualquier causa de los documentos indispensables en todo viaje, tales como Pasaporte, Visado, billetes, D.N.I. o certificados de vacunación.

d) Tratamientos odontológicos no urgentes y los de rehabilitación.

e) Enfermedades de personas cuya edad sea de setenta y cinco años o superior, y las enfermedades o accidentes preexistentes a la contratación del viaje o póliza, incluyendo rebrotes agudos.

f) La libre elección de no viajar.

g) No sujeción a prohibiciones oficiales de cualquier tipo.

h) Prórrogas de contrato laboral, cambio de permisos laborales, no superación de periodos de prueba.

i) Las complicaciones del embarazo o aborto espontaneo.

MUY IMPORTANTE: TODAS LAS SOLICITUDES DE REINTEGROS RELACIONADAS CON LAS GARANTIAS MENCIONADAS, DEBERAN SER DIRIGIDAS DIRECTAMENTE POR EL PROPIO ASEGURADO A MAPFRE ASISTENCIA Y NO A LA AGENCIA DE VIAJES, NI A LA MAYORISTA. TODA SOLICITUD DEBE IR ACOMPAÑADA DE LA DOCUMENTACION ACREDITATIVA Y DEBE SER DIRIGIDA A:

MAPFRE ASISTENCIA, S.A.
C/ Gobelas, 41-45
28023 Madrid

Este resumen de garantías es a título informativo, no sustituyendo a las Condiciones Generales de la Póliza que prevalecerán en caso de discrepancia.

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